Trámites para uniones civiles en Argentina

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Uniones civiles
Una unión civil es uno de los varios términos usados para un estado civil similar al matrimonio, creados típicamente para permitir el acceso de las parejas homosexuales a las ventajas gozadas por las parejas heterosexuales casadas. En algunos lugares, las uniones civiles están también disponible para los heterosexuales que no desean formalizar su relación en un matrimonio. Estas uniones heterosexuales reciben el nombre de uniones libres.

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la provincia de Río Negro tienen una ley de unión civil aprobada en el año 2003. La ley garantiza iguales derechos y oportunidades para todas las personas, sin reparar en el grupo familiar del que formen parte, tenga éste su origen en la filiación, en el matrimonio o en la unión de dos personas, con independencia de su sexo y orientación sexual, que convivan en análoga relación de afectividad.

Algunas otras provincias argentinas se encuentran en proyecto para aprobar los matrimonios del mismo sexo, sobre todo en las regiones del sur. Las demás provincias del norte mantendrían la ley sin modificación, sin unión civil. La Argentina es un país con un sistema de Gobierno Federal, y cada región puede adoptar su propia ley, como ocurre en otros países federales.

La unión civil permite gozar del derecho de incorporar a la pareja a la obra social, recibir una pensión, solicitar vacaciones en el mismo período, pedir créditos bancarios conjuntos y obtener licencias en caso de enfermedad del concubino/a

Los trámites de la unión civil en Capital Federal:


Para el ejercicio de los derechos, obligaciones y beneficios que emanan de toda la normativa dictada por la Ciudad de Buenos Aires, los integrantes de la unión civil tendrán un tratamiento similar al de los cónyuges.

Se debe solicitar turno en el Registro Civil Central: Uruguay 753 Capital Federal de Lunes a viernes de 9.30 a 14.30 hs. 14 días corridos con antelación a la fecha. El turno pueden solicitarlo uno o ambos convivientes

Requisitos para la unión civil en Capital Federal:
Que hayan convivido en una relación de afectividad estable y pública por un período mínimo de dos años, salvo que entre los integrantes haya descendencia en común. Uno de los convivientes debe acreditar con su D.N.I., domicilio en Capital Federal por un mínimo de dos años. La documentación se entrega siete días corridos anteriores al turno solicitado.

Solteros y mayores de edad: DNI o cédula del MERCOSUR, de ambos convivientes.

Con matrimonio y divorcio vincular en Argentina: Partida de matrimonio original con la correspondiente inscripción marginal del divorcio vincular.

Con matrimonio en el extranjero y divorcio vincular en Argentina: Partida de matrimonio inscripta en nuestro país con la correspondiente inscripción del divorcio vincular y partida extranjera con la correspondiente inscripción del divorcio, debidamente legalizada y traducida.

Con matrimonio celebrado en Argentina y divorcio en el extranjero: Partida de matrimonio argentina con la correspondiente inscripción marginal del divorcio extranjero ordenada por Juez Nacional.

Con matrimonio y divorcio en el extranjero: Autorización mediante Disposición concedida por la Dirección General del Registro Civil, Uruguay 753.

Conviviente viudo/a: Partida de matrimonio anterior y partida de defunción del cónyuge. Hijos en común: Partida de nacimiento original y fotocopia debidamente legalizada y traducida según corresponda. La fecha de expedición de la partida no podrá ser mayor a un año.

Uno de ambos convivientes deberá acreditar domicilio en su DNI en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, con una antigüedad no menor a dos años. Testigos Mínimo dos, máximo cinco, mayores de 21 años, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, no pudiendo ser los consanguíneos o los afines en línea directa del solicitante

Para disolver la unión civil se deberá presentar nota por Mesa de Entrada en Uruguay 753 PB. En caso de que la presentación sea unilateral deberá constar el instrumento público o carta documento debidamente recepcionada por la otra parte, por medio del cual se le ha notificado la voluntad de disolver la unión, debiendo firmar el acta el peticionante de la disolución y el Oficial Público. El trámite de unión civil también tiene un costo que se puede consultar en el registro civil correspondiente.

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